Medio Ambiente y desarrollo
Por: JOSE DARIO SALAZAR CRUZ
Para un país como Colombia que se está catalogando como un “país minero”, es imprescindible vincular: “el principio de libertad para el ejercicio de actividades económicas y los otros principios constitutivos y reguladores, con el principio de compatibilidad ecológica”. De manera que ya no se habla de economía social de mercado sino de “economía de mercado social y ecológicamente compatible”. En este sentido, debe existir una regulación y vigilancia para que la explotación de estos recursos y “su interacción con el entorno natural sea sustentable, … a fin de satisfacer las necesidades de las generaciones presentes y futuras (Gallegos: Radke, Fundación Konrad Adenauer- CIEDLA, 1995).
Luis Gallegos Molina, en el libro: Economía Social de Mercado, Medio Ambiente y Responsabilidad Social Empresarial, describe con precisión los principios que rigen la política medioambiental en este orden de ideas: la responsabilidad del causador, la prevención y la cooperación social. El primero de ellos indica que la utilización del medio ambiente debe tener un precio y como tal el causante del efecto contaminador debe ser el responsable de pagar los costos de impacto ambiental por ser quien los ocasiona y no la comunidad. El segundo propende por la protección medioambiental preventiva, que viene acompañado del principio de equidad intergeneracional –pensar tanto en las generaciones presentes como futuras- y cuenta con políticas que permitan actuar con anticipación ante hechos predecibles, más que tener que reparar daños ecológicos lamentablemente consumados. El tercer principio se origina en la responsabilidad de todo ciudadano, organización social o empresas de asumir buenas prácticas de protección del medio ambiente en su entorno.
